Mucho se discute por estos días sobre pretendidos derechos a la protesta -por un lado- y a la circulación -por el otro-; se genera una polémica sobre supuestos conflictos entre derechos o entre postulados constitucionales. En realidad, ni la protesta ni la circulación constituyen per se “derechos”. Nadie -salvo caso de trastorno psíquico o mental- protesta por protestar o circula por circular. Siempre se protesta por una causa y para un fin, y se circula para llegar a alguna parte.